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Riesgos laborales, aliado del empresario

“El sistema de riesgos es “propiedad” de los empleadores y, a ellos se debe, por ende, su participación en el sentido más preventivo posible es un reto permanente y una esperanza del país.”

Luego de la reforma de la Seguridad Social, en el año 1993 surgió con fuerza en el ámbito nacional el denominado Sistema General de Riesgos Profesionales, como un componente fundamental de la Seguridad Social, en beneficio del empleador y del trabajador. Sus objetivos están dirigidos, principalmente, a proteger las personas que ejecutan las tareas en las empresas de contingencias derivadas del mundo del trabajo, denominadas entonces accidente de trabajo o enfermedad profesional.

Esta protección se ubica en el contexto de las prestaciones asistenciales y económicas. Es decir que, si un trabajador se afecta por un accidente o enfermedad profesional, todas las acciones médicas que requiera deberán ser prestadas y asumidas por ese seguro, así como las prestaciones relativas a las incapacidades y demás prestaciones económicas que se deriven de el evento. Además, el empleador estará cubierto del pago de cotizaciones a salud y pensiones durante estos períodos de incapacidad, por lo cual, la administradora de riesgos profesionales debe asumir estos pagos o el empleador puede reclamarlos posteriormente.

El empleador debe beneficiarse de este seguro, porque también es un aliado en el apoyo para reducir la potencialidad de factores de riesgo presentes en sus procesos, tanto de generar accidentes, como enfermedades. En este orden de ideas, la aseguradora de riesgos tiene obligación de apoyar a las empresas en la identificación y, sobre todo, en la actividad de control de riesgos, para lo cual debe facilitarle créditos con tasas bajas, alquiler de elementos o equipos necesarios para controlar factores de riesgo y de esta manera incrementar la seguridad en la organización.

Luego del año 2012, aun cuando a través de la ley 1562 se determinó cambiar la denominación de salud ocupacional -SO-, por sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo – SGSST, como un salto cualitativo, persisten dudas del beneficio esperado al respecto.

El hecho real, es que las empresas con el apoyo de su aseguradora de riesgos laborales deben gestionar actividades dirigidas al control de factores de riesgo, con el fin de disminuir la ocurrencia de accidentes de trabajo, cuya tasa actual es creciente. En relación con la enfermedad laboral, hay diferencias significativas con el sector asegurador, pues se ha convertido en un persistente líder de la disminución de los casos de enfermedad laboral, negando la mitad de las diagnosticadas, lo cual evita que se revele la realidad y se impacte en los escenarios donde el riesgo está presente y afecta al trabajador.

Finalmente, el llamado a los empleadores y sus líderes es a considerar que la prevención es un aliado insustituible de la productividad, así como a conocer el tamaño real de la problemática, identificando sus efectos actuales y sobre éstos evitar nuevos. El sistema de riesgos es “propiedad” de los empleadores y, a ellos se debe, por ende, su participación en el sentido más preventivo posible es un reto permanente y una esperanza del país.

 

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